Alquiler temporal o de corta estadía
- ALB Panamá
- 9 jul 2018
- 2 Min. de lectura
Si está pensando en la opción alquilar su apartamento de forma temporal o por corta estadía, es importante que esté al tanto de algunos riesgos asociados y evitar multas o sanciones indeseadas.
Últimamente, la modalidad de alquiler de corta estadía o temporal ha tenido una rápida expansión apoyada por plataformas como Airbnb o Vrbo. Si bien el alquiler de corto plazo puede ser muy atractivo para generar ingresos adicionales, esto puede traerle problemas legales, multas y sanciones.
En Panamá está vigente la Ley 80 del 8 de noviembre de 2012, que en su artículo 21 prohíbe el alquiler en edificios o residencias por un periodo de 45 días o menos, para quienes no cuenten con permiso de “alojamiento público turístico” en el distrito de Panamá. El mismo artículo establece que las autoridades de turismo impondrán multas que van desde los $5,000 dólares y hasta $50 mil dólares, dependiendo de la gravedad de la falta, o reincidencia de la persona.

Muchos dirán que el dentro de su casa o apartamento es el propietario quién manda. Sin embargo, y para quienes la ley 80 antes mencionada no sea suficiente, existen también estatutos en los contratos de hipoteca y arrendamiento que pueden sancionar a quien incumpla sub-arrendando. Y dado que al vivir en un edificio o condominio se comparten áreas con otros, puede sus vecinos también tengan algo que decir y medios legales para hacer valer el descontento relacionado a los alquileres de corta estadía.
Por lo anterior lo recomendable es que los contratos de alquiler de su casa o apartamento ubicado en el distrito de Panamá sea por un período mínimo de 2 meses. Un contrato siempre es lo mejor para dejar claro los compromisos de cada parte, dejar establecido la cantidad de días a alquilar, monto a pagar y pautas generarles del acuerdo entre inquilino y propietario como los son la garantía, avisos de finalización o renovación, etc.
Recuerde que la seguridad y bienestar del condominio es responsabilidad de todos, por lo que es recomendable siempre informar a la Administración sobre el nuevo alquiler de su propiedad y porporcionar los datos de los inquilinos, a fin de coordinar el ingreso y girar instrucciones para que el personal de seguridad esté al tanto del movimiento de los nuevos vecinos y puedan tomar las medidas necesarias. La comunicación ayuda a facilitar el acceso a sus inquilinos, protege la seguridad de su condominio y vela por la buena convivencia con sus vecinos.
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